Por una ley Europea (me disculparan si no se la pongo, pero me da ahora mucha pereza el ponerme a buscarla por internet), estipula que TODOS los bienes de consumo (bienes inmuebles, barcos y aviones no son bienes de consumo. Coches y motos si) fabricados DENTRO de la Unión Europea, tienen un plazo máximo de entrega a sus clientes de DOS MESES desde la formalización del pedido-contrato.
En mi caso concreto, y por la compra del 2008, formalice dicha compra el 20 de Agosto, con fecha tope de entrega del 20 de Octubre. El día 30 de Septiembre ya tenía a mi disposición el coche, con toda la documentación en regla. Es decir, no cabe por mi parte protesta alguna.
Eso sí, a quién le hayan tardado 6 meses, entonces si tiene derecho a una indemnización por el perjuicio causado. Claro que en ese caso, si la marca no se aviene a la misma de buena fé, entonces hay que ir por la vía civil, lo cual, tal y como está la justicia en estos momentos en España, se puede prolongar a gusto otro año más.
Un saludo a todos.